
REGLAMENTO FINCA DEL POMAR
Art. un. 1° - REGISTRO.
El huésped tiene obligación de registrarse a su llegada llenando personalmente la hoja de registro o en el libro de registro de
huéspedes.
Art. un. 2° - TIEMPO DE HOSPEDAJE.
El huésped de conformidad, con la empresa, especificará en su registro el número de días a hospedarse.
Check In: 1:00 p.m – Check Out: 12:00 p.m
A su salida deberá de entregar en recepción la llave de la habitación así como los controles para el uso de la TV, de no contar con ellos por extravío o se encuentren en malas condiciones el huésped deberá de pagar el importe total.
Art. un. 3° - TARIFAS.
Es obligación del huésped, liquidar puntualmente el importe de la cuenta causada en FINCA DEL POMAR, la tarifa del servicio de hospedaje queda establecido al momento de su registro y señalada a la vista del turista o usuario. El huésped que desocupe la habitación después de las 12:00 p.m
(ESTABLECIDAS en el Artículo anterior), queda obligado a realizar el pago completo o servicio de hospedaje de una noche adicional. La falta de pago por parte del huésped cuando sea requerido al efecto causa recesión del servicio.
El precio de hospedaje comprende el servicio de habitación alquilada y uso de las instalaciones el cual será exclusivo para los huéspedes registrados.
Las tarifas de hospedaje incluyen impuestos, en el caso de requerir factura es requisito enviar constancia de situación fiscal vía whats.
Art. un. 4° - QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO A LOS HUÉSPEDES:
a) Hacer ruidos molestos, provocar altercados, introducir músicos, traer animales, salvo aquellos que auxilian a discapacitados mismos que deberán portar bozal y en general cualquier acto que perturbe o incomode a los demás huéspedes.
b) Utilizar las habitaciones para celebrar reuniones que tengan por objeto alterar el orden público o desobedecer las leyes y reglamentos vigentes.
c) Usar la corriente eléctrica y los equipos mecánicos en su habitación para otros fines que no sean destinados para cada objeto, prohibiéndose el uso de planchas, rizadores, secadoras, parrillas y otros aparatos electrónicos que puedan causar un incendio.
d) Deteriorar el mobiliario, la decoración o bienes de la negociación, dándoles un destino impropio al de su servicio.
e) Ejecutar cualquier acto que ocasionen daños o perjuicios al hotel o a los demás huéspedes o sea contrario al decoro o al comportamiento social.
f) Mover, cambiar o modificar el orden y posición de los muebles dentro y fuera de las habitaciones
Art. un. 5° - No podrán alojar en sus habitaciones a personas diferentes de las registradas, en caso contrario, se deberá notificar a la Administración de cualquier variación en el número de huéspedes o identificación de las personas que originalmente se registraron. En ningún caso el número de personas alojadas en cada habitación, podrá ser mayor que de dos personas por cama.
Art. un. 6° - EQUIPAJE.
El equipaje y demás bienes que introduzcan los huéspedes en su habitación, responderán en garantía de todos los adeudos por concepto de hospedaje y consumos, que causan los huéspedes.
Art. un. 7° - FINCA DEL POMAR .
No permite la entrada a menores de edad, salvo previa identificación de sus padres; dependiendo del número de integrantes por familia se le proporcionará y cobrará la habitación correspondiente.
Art. un. 8° - Cuando el huésped viole este reglamento, quedará rescindido su contrato y se podrá exigir la inmediata desocupación de la habitación con apoyo de la autoridad, sin que el huésped tenga derecho a reducir su adeudo y para los daños y perjuicios que causa su proceder.
Art. un. 9° - Las condiciones de admisión del establecimiento no brindará el servicio cuando el huésped o usuario, se encuentre bajo el influjo del alcohol, drogas o porte armas.
Art. un. 10° - El huésped y/o usuario se compromete a acatar las reglas y restricciones descritas en las áreas comunes, en caso de negativa invitarlos a terminar la actividad o abandonar el establecimiento.
EXHORTAR A QUIENES SE ENCUENTRAN FUMANDO CONSUMIENDO BEBIDAS ALCOHOLICAS DENTRO DE LAS HABITACIONES A QUE SE ABSTENGA DE HACERLO, EN CASO DE NEGATIVA INVITARLOS A QUE ABANDONEN EL ESTABLECIMIENTO.